Luego de un receso, volvemos a publicar algo que
entiendo puede de ser de gran ayuda para todo Corredor y Empresa de Bienes Raíces
en Puerto Rico, y para el pequeño comerciante en general.
Mientras ofrecía un seminario para Corredores de
Bienes Raíces sobre los procedimientos adjudicativos ante el DACO, lo cual
incluye el procedimiento de imposición de multas, hice referencia a una ley que
fue aprobada con el propósito de simplificar y flexibilizar los procesos
administrativos y de reglamentación gubernamental a los que se enfrentan los
pequeños negocios. Informé, además, que dicha ley estaba bajo la administración del la Oficina
del Procurador del Ciudadano (Ombudsman) de Puerto Rico.
La ley en cuestión es la Ley Núm. 454 de 28 de
diciembre de 2000, conocida como Ley de Flexibilidad Administrativa y
Reglamentaria para el Pequeño Negocio. Esta ley fue creada a
los fines de que las agencias gubernamentales revisen sus reglamentos para
asegurar que los pequeños negocios no estén excesivamente reglamentadas, y
flexibilizar las penalidades de acuerdo a su tamaño.
Según
la exposición de motivos de la ley, las agencias gubernamentales tendrán que “ser creativas, conocer la estructura
económica de la industria que regula, y finalmente reglamentar en forma tal que
no se le impongan cargas indebidas al sector que más aporta al crecimiento de
la economía, específicamente los pequeños comerciantes”. Establece, además,
que su aprobación “permitiría a los
empresarios participar en el proceso de la reglamentación y exponer sus
comentarios sobre las prácticas y acciones para asegurar el fiel cumplimiento
de la agencia”.
En
estos tiempos de crisis económica en nuestra Isla, donde se requiere más que nunca que el gobierno fomente el ambiente adecuado para el desarrollo de los pequeños negocios de capital local para la generación de empleos, tenemos que velar porque el
propósito para el cual fue creada esta ley se cumpla. Es de conocimiento de
todos que las agencias gubernamentales, lejos de simplificar los procedimientos
para fomentar el desarrollo de los pequeños comerciantes en Puerto Rico, los
han complicado. Acudamos al Ombudsman para verificar que lo dispuesto en la ley
verdaderamente se esté cumpliendo. Hagamos uso de esta herramienta.